Prohibición de podar setos
El artículo 39, apartado 5 de la Ley Federal de Protección de la Naturaleza establece que debe tenerse en cuenta a los animales que crían y anidan. Por lo tanto, del 1 de marzo al 30 de septiembre, puedes realizar un mantenimiento suave y una poda ornamental en tu seto de tejo, pero no lo recortes radicalmente.